Control Horario Empresas Limpieza: Guía Completa 2026
El sector de la limpieza acumula sanciones ITSS por registro horario en España. Multi-centro, parcial y movilidad: guía completa para cumplir en 2026.
Control Horario Empresas Limpieza: Guía Completa 2026
Los “servicios auxiliares” —la categoría donde la Inspección de Trabajo encuadra a las empresas de limpieza junto a seguridad y otros servicios— concentran el 10 % de todas las actuaciones inspectoras por registro de jornada en España, según la Memoria de Actividades ITSS 2024. La cuantía media estimada por expediente en este bloque es de 2.600 euros. Son cifras que sitúan al sector de la limpieza de edificios y locales entre los cinco sectores con mayor intensidad inspectora relativa del país.
Las razones no son arbitrarias: plantillas de decenas de trabajadoras que rotan cada día entre comunidades de propietarios, oficinas, hospitales y hoteles; contratos mayoritariamente a tiempo parcial con horas complementarias de difícil trazabilidad; y una tradición de gestión manual que hace del cumplimiento del Real Decreto-ley 8/2019 un desafío logístico real. Cuando la Inspección actúa en una empresa de limpieza, raramente encuentra un sistema de registro en orden.
Esta guía analiza ese desafío con datos verificables: el marco legal específico del sector —incluyendo el Convenio Colectivo Estatal de Limpieza de Edificios y Locales—, las obligaciones reforzadas para contratos parciales, los sistemas de fichaje que funcionan en entornos multi-centro, el tratamiento de los desplazamientos entre edificios y los errores que han derivado en sanciones firmes en 2024 y 2025. Si gestionas una empresa de limpieza con empleados en varios centros, aquí tienes los elementos para tomar decisiones con información real.
Empieza con Workrono gratis — fichaje QR o app por centro, operativo en menos de 20 minutos, sin permanencia.
En este artículo
- Marco legal del control horario en el sector de la limpieza
- Particularidades: multi-centro, contratos parciales y alta movilidad
- Cómo fichar entrada y salida en cada centro diferente
- QR por centro vs app con geolocalización
- El cómputo de los desplazamientos entre centros
- Convenio colectivo de limpieza: jornadas, descansos y antigüedad
- Contratos a tiempo parcial: registro reforzado y horas complementarias
- Sanciones en el sector limpieza: datos y casos reales 2024-2025
- Implementación con empleados sin smartphone de empresa
- Caso práctico: empresa de 35 empleados, 22 centros
- Preguntas frecuentes
- Conclusión
Marco legal del control horario en el sector de la limpieza
La obligación general: RDL 8/2019
La obligación de registrar diariamente el horario de inicio y fin de jornada nace del artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, introducido por el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo. La norma no distingue por sector, tamaño de empresa ni tipo de contrato: toda empresa con trabajadores por cuenta ajena debe registrar la jornada, conservar esos registros durante cuatro años y tenerlos disponibles para la Inspección cuando sean solicitados.
Para empresas de limpieza, esta obligación tiene tres dimensiones adicionales que la hacen más exigente que en oficinas o fábricas:
Registro por centro de trabajo: cuando un empleado presta servicios en varios edificios a lo largo del mismo día, el registro debe reflejar los tiempos en cada ubicación. Un único fichaje de entrada a las 7:00 y salida a las 14:30 no acredita en qué edificio estuvo ni durante cuánto tiempo.
Refuerzo específico para contratos parciales: el propio artículo 34.9 ET menciona expresamente que en contratos a tiempo parcial el registro debe recoger de forma diferenciada las horas complementarias realizadas. Dado que el sector opera mayoritariamente con plantillas parciales, esta obligación afecta a la práctica totalidad de los empleados de limpieza.
Acceso del trabajador a sus propios registros: el sistema debe permitir que el empleado consulte su historial de fichajes. Un sistema donde solo RRHH ve los datos incumple este requisito y puede derivar en sanción leve acumulable.
El análisis completo del marco normativo, con la jerarquía entre el ET y los convenios sectoriales, está en la guía de la ley de control horario en España 2025.
El Convenio Colectivo Estatal: ámbito y vigencia
El Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales, con sus sucesivas revisiones salariales y prórrogas publicadas en el BOE, regula las condiciones laborales de las aproximadamente 500.000 personas que trabajan en empresas de limpieza en España. Es el convenio sectorial de servicios con mayor proporción de mujeres (superior al 75 %) del país.
El convenio fija la jornada ordinaria máxima anual, los descansos mínimos entre jornadas, los pluses específicos del sector (nocturnidad, trabajos en altura, suciedad especial) y los límites de horas complementarias en contratos parciales. Todos estos elementos deben quedar trazables en el sistema de registro para que los datos sean auditables ante una inspección.
Las empresas afiliadas a la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (ASPEL) tienen acceso a guías de aplicación del convenio y a modelos de sistemas de registro compatibles con las últimas actualizaciones normativas.
Particularidades: multi-centro, contratos parciales y alta movilidad
El modelo multi-centro: la complejidad real del sector
Una empresa de limpieza de tamaño mediano —entre 20 y 100 empleados— gestiona habitualmente entre 15 y 50 contratos de servicio distintos: comunidades de propietarios, oficinas corporativas, colegios, clínicas, hoteles y superficies comerciales. Cada contrato define horarios, frecuencias y requisitos de presencia diferentes.
El empleado tipo del sector no trabaja en un solo lugar: puede limpiar una comunidad de madrugada (6:00-8:00), una oficina a primera hora de la mañana (9:00-11:30) y un local comercial por la tarde (17:00-19:30). Esta estructura de tres centros en un día no es excepcional; en empresas de comunidades de propietarios, hay empleados con cuatro o cinco ubicaciones distintas en la misma jornada.
El registro de jornada en este contexto debe reflejar:
- Hora de inicio y fin en cada centro de forma individualizada
- La ubicación exacta donde se realizó cada fichaje, para poder demostrar presencia física
- Los tiempos de desplazamiento entre centros, con su calificación laboral documentada
Sin esta granularidad, el sistema no permite verificar si el empleado cumplió el tiempo contratado en cada edificio. Ante una actuación inspectora motivada por una denuncia de un cliente —que alega que el servicio no se presta en el tiempo pactado— o por un exempleado que reclama horas, la empresa sin registro por centro no tiene defensa documental.
Contratos a tiempo parcial: la plantilla mayoritaria
El Ministerio de Trabajo estima que más del 60 % de los contratos en el sector de la limpieza son a tiempo parcial. Esto tiene consecuencias directas para el registro, dado que el artículo 34.9 ET refuerza expresamente la obligación de registrar las horas complementarias de forma diferenciada.
Las horas complementarias son las horas adicionales a las ordinarias pactadas en el contrato que el trabajador puede prestar dentro de los límites del artículo 12 ET y del Convenio de Limpieza. Un sistema que no las distinga de las ordinarias hace imposible verificar si se superaron los límites legales, exponiendo a la empresa a sanciones tanto por registro incompleto como por exceso de complementarias.
Alta proporción de empleados sin smartphone o sin habilidades digitales
Una característica estructural del sector es la alta proporción de empleados —frecuentemente mujeres mayores de 45-50 años, muchas de origen extranjero— sin smartphone propio o sin habilidades para usar apps de fichaje. Este perfil, combinado con la itinerancia entre centros, hace que la solución de “cada empleado ficha con su propio móvil” sea impracticable sin una estrategia de implementación específica para este colectivo.
Cómo fichar entrada y salida en cada centro diferente
El control horario en empresas de limpieza multi-centro exige que cada punto de servicio funcione como un centro de trabajo independiente a efectos de registro. Esto implica tres requisitos operativos:
Un identificador único por centro: cada edificio tiene un código QR, una tarjeta NFC o una geovalla GPS que lo identifica inequívocamente en el sistema.
Fichaje de salida en cada centro, no solo al final del día: el error más habitual es registrar solo la entrada en el primer edificio y la salida al terminar el último servicio. Cada cambio de ubicación requiere salida en el centro que se abandona y entrada en el siguiente.
Trazabilidad del desplazamiento: entre la salida de un centro y la entrada en el siguiente queda registrado un periodo de tiempo que la empresa debe clasificar como tiempo de trabajo o como desplazamiento no computable, con documentación que lo justifique.
Procedimiento operativo recomendado
| Momento | Acción del empleado | Qué registra el sistema |
|---|---|---|
| Llegada al 1.er centro | Escanea QR de entrada | Entrada en Centro A, hora y coordenadas |
| Fin del servicio en 1.er centro | Escanea QR de salida | Salida de Centro A |
| Llegada al 2.º centro | Escanea QR de entrada | Entrada en Centro B |
| Fin del servicio en 2.º centro | Escanea QR de salida | Salida de Centro B |
| Fin del día | — | Registro completo por centro con tiempos individualizados |
Este esquema permite, ante un requerimiento de la Inspección, exportar un informe por empleado que detalla exactamente en qué edificio estuvo y durante cuánto tiempo en cada jornada. Es la diferencia entre un expediente que se cierra sin sanción y uno que deriva en acta.
QR por centro vs app con geolocalización
Hay dos modelos tecnológicos principales para el fichaje en empresas de limpieza multi-centro. La elección depende del perfil de empleados y del número de centros.
QR pegatina por centro
Consiste en generar un código QR único para cada edificio, imprimirlo y colocarlo en un punto fijo accesible (cuarto de limpieza, vestuario del edificio, panel de entrada). El empleado escanea el QR con su móvil o con un terminal compartido al llegar y al salir.
Ventajas:
- Coste mínimo de despliegue: una pegatina plastificada por centro
- Identifica inequívocamente el edificio sin que el empleado lo seleccione manualmente
- Funciona con cualquier smartphone básico
- Permite modo offline si la conexión falla en el momento del escaneo
Limitaciones:
- Un empleado podría fotografiar el QR y escanearlo desde otra ubicación (fraude QR)
- Requiere que la pegatina esté accesible y en buen estado
Para mitigar el fraude QR, los sistemas modernos añaden verificación de geolocalización en el momento del escaneo: el fichaje es válido solo si el dispositivo está dentro de un radio configurable alrededor del centro. QR + geovalla es la combinación más equilibrada para el sector.
App con geolocalización directa
Permite fichar desde la app sin QR físico. El sistema valida que las coordenadas GPS del dispositivo corresponden al centro asignado al empleado para esa franja horaria.
Ventajas:
- No requiere instalar infraestructura física en el centro
- Ideal para servicios en domicilios particulares o ubicaciones que cambian frecuentemente
- Permite dar de alta un nuevo cliente y que los empleados fichen desde el primer día
Limitaciones:
- Requiere smartphone con GPS activo y consumo de batería
- Funciona peor en interiores con mala señal (sótanos, aparcamientos subterráneos)
Para las implicaciones legales del uso de geolocalización con empleados —base legal, obligaciones RGPD, configuración correcta— la guía de fichaje con geolocalización para empresas cubre todos los requisitos en detalle.
Configura QR multi-centro en Workrono — genera los códigos de todos tus edificios en el panel de administración, sin hardware adicional.
El cómputo de los desplazamientos entre centros
El tiempo que transcurre entre que un empleado sale de un edificio y llega al siguiente es uno de los puntos más frecuentemente mal gestionados en el sector. La regla no es uniforme: depende de cómo se organiza ese desplazamiento.
Cuándo el desplazamiento SÍ es tiempo de trabajo
- El empleado parte desde la sede o almacén de la empresa hacia el primer centro: el tiempo desde que abandona la sede es tiempo de trabajo, porque parte desde un centro de trabajo del empleador.
- La empresa organiza transporte colectivo entre centros: el tiempo en el vehículo de la empresa es tiempo de trabajo efectivo.
- El desplazamiento entre centros se produce por instrucción expresa del empleador durante la jornada: la jurisprudencia del Tribunal Supremo —reafirmada en la STS de 9 de diciembre de 2019— establece que los desplazamientos entre centros de trabajo ordenados por la empresa computan como jornada.
Cuándo el desplazamiento NO es tiempo de trabajo
- El empleado va directamente desde su domicilio al primer centro y regresa desde el último a su domicilio: el trayecto domicilio-trabajo no es jornada laboral, igual que en cualquier otro sector.
- Existe pacto expreso en convenio de empresa o en el contrato que excluye el tiempo de desplazamiento entre centros, dentro de los límites que no vulneren el tiempo de trabajo efectivo garantizado por el ET.
Consecuencia para el registro
La empresa debe tener una política documentada y comunicada a los empleados sobre cómo se tratan los desplazamientos entre centros. Si el sistema registra los tiempos en cada edificio pero no los intervalos entre ellos, y la empresa alega ante la Inspección que esos intervalos son desplazamientos no retribuidos, necesita documentación que lo justifique: política escrita, distancias entre centros, medios de transporte pactados.
El patrón de gestión multi-centro tiene paralelismos directos con la construcción. La guía de control horario en construcción incluye un análisis detallado de los criterios jurisprudenciales sobre desplazamientos entre obras que es plenamente aplicable al sector servicios.
Convenio colectivo de limpieza: jornadas, descansos y antigüedad
El Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales establece los límites que el sistema de registro debe permitir verificar en cualquier momento.
Estructura de jornada y descansos
| Concepto | Regulación convencional |
|---|---|
| Jornada máxima anual | 1.782 horas ordinarias |
| Jornada semanal ordinaria | 40 horas |
| Descanso entre jornadas | Mínimo 12 horas |
| Descanso en jornadas continuas >6 horas | 20 minutos (no retribuido salvo pacto) |
| Distribución irregular de jornada | Hasta el 10 % de la jornada anual con preaviso de 5 días |
| Plus de nocturnidad (22:00-06:00) | 25 % sobre salario base |
| Trabajos en suciedad especial | Complemento específico según categoría |
El descanso de 12 horas entre jornadas es especialmente crítico en el sector cuando una empleada trabaja en turno de tarde (17:00-21:00) y al día siguiente tiene un servicio de madrugada en una comunidad (5:00-7:00). El intervalo real es de 8 horas, lo que infringe el mínimo legal. Un sistema de registro que consolide los fichajes por empleado y genere alertas automáticas por descanso insuficiente permite detectar estas situaciones antes de que llegue la Inspección, no después.
Cómputo anual y distribución irregular
El Convenio permite distribuir de forma irregular hasta el 10 % de la jornada anual (equivalente a unas 178 horas), con el requisito de preaviso al empleado con cinco días de antelación. El sistema de registro debe acreditar que los preavisos se realizaron y que la distribución irregular no superó el porcentaje pactado. Sin registro, verificar este cumplimiento es imposible.
Antigüedad y complementos
El convenio incluye complementos de antigüedad por tramos de tres años. Su correcto cálculo depende de los registros de jornada históricos para determinar la antigüedad efectiva real. Este es un argumento adicional para mantener registros completos y conservarlos durante el período mínimo de cuatro años establecido por el artículo 34.9 ET.
Para conocer cómo interactúa el Convenio de Limpieza con las obligaciones de registro en otras figuras contractuales presentes en el sector, la guía de convenios colectivos y control horario incluye análisis de los principales convenios de servicios.
Contratos a tiempo parcial: registro reforzado y horas complementarias
El artículo 34.9 ET contiene una mención específica a los trabajadores a tiempo parcial que no existe para los contratos completos: el registro debe reflejar, de forma diferenciada, las horas complementarias realizadas en cada periodo.
Qué son las horas complementarias y por qué importa su registro
Las horas complementarias son las horas adicionales a las ordinarias pactadas que el trabajador a tiempo parcial puede prestar dentro de los límites del artículo 12 ET y del Convenio de Limpieza.
Límites aplicables en el sector:
- Horas complementarias pactadas: hasta el 30 % de las horas ordinarias del contrato (artículo 12.5 ET).
- Horas complementarias voluntarias: hasta el 60 % de las ordinarias si existe pacto adicional (artículo 12.5.e ET), siempre que la suma de horas ordinarias y complementarias no supere el umbral que calificaría el contrato como jornada completa.
- Preaviso mínimo para exigir horas complementarias pactadas: tres días, salvo acuerdo de plazo inferior.
Un sistema de registro que no distinga entre hora ordinaria y hora complementaria hace imposible verificar si se han respetado estos límites. La Inspección puede tipificar como infracciones independientes tanto el registro incompleto (por falta de diferenciación) como el exceso de horas complementarias, generando dos actas en el mismo expediente.
Entrega mensual de copia al empleado
El artículo 34.9 ET establece que, en contratos a tiempo parcial, el empleador debe entregar mensualmente al trabajador una copia del registro de sus horas. Esta obligación —más específica que el deber genérico de acceso aplicable a contratos completos— es habitual que no se cumpla en empresas de limpieza que gestionan la jornada manualmente. Su incumplimiento se tipifica como infracción leve, pero acumulable a la infracción grave por registro deficiente o incompleto en el mismo expediente.
Sanciones en el sector limpieza: datos y casos reales 2024-2025
Los servicios auxiliares —donde la ITSS clasifica a las empresas de limpieza— concentran el 10 % de las actuaciones inspectoras por registro de jornada, con cuantía media de 2.600 euros por expediente según la Memoria ITSS 2024. Dentro de ese bloque, las empresas de limpieza presentan características estructurales que elevan la probabilidad de graduar la sanción en grado medio o máximo de infracción grave.
Para el contexto completo de cuantías vigentes en 2026 y los criterios de graduación del LISOS, la tabla completa de sanciones por no fichar 2026 recoge los rangos actualizados tras el Real Decreto 306/2024.
Factores que elevan la cuantía en empresas de limpieza
Número de trabajadores afectados: una empresa con 35-40 empleados sin registro tiene toda su plantilla como afectada. Esto lleva al inspector a graduar en nivel medio o máximo de infracción grave (entre 1.251 y 6.250 euros) con pocas posibilidades de argumentar grado mínimo.
Ausencia de registro diferenciado de horas complementarias: la falta de diferenciación entre horas ordinarias y complementarias es una infracción autónoma, acumulable a la infracción por ausencia o deficiencia general del registro. Un expediente de una empresa de limpieza puede contener dos actas: una por registro incompleto (sin diferenciación de complementarias) y otra por superación de los límites de horas complementarias que el registro incompleto no permitió detectar a tiempo.
Reincidencia: la Inspección mantiene historial por empresa. Una empresa de limpieza que recibió requerimiento en 2021 y no implantó sistema puede enfrentarse a graduación en grado máximo o incluso infracción muy grave si hay elementos adicionales, como el caso documentado a continuación.
Caso real: empresa de limpieza con 34 empleados (expediente 2024)
En 2024, una empresa de limpieza con 34 empleados recibió requerimiento de la ITSS y no pudo aportar ningún registro de jornada para los doce meses anteriores. La Inspección constató que la misma empresa había recibido advertencia por el mismo motivo en 2021, lo que activó el agravante de reincidencia.
La tipificación resultó infracción grave en grado máximo (reincidencia acreditada). Cuantía impuesta: 5.800 euros. Tras el pago en periodo voluntario con la reducción del 20 %, la empresa abonó 4.640 euros. Los honorarios de asesoría para las alegaciones —que no redujeron la sanción— añadieron aproximadamente 600 euros adicionales. Total del expediente: más de 5.200 euros.
Este tipo de resoluciones es accesible a través del Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) para quien quiera verificar el patrón.
Para prepararse ante una actuación inspectora —requerimientos, visitas sin aviso, actas de infracción, plazos de alegaciones— la guía completa sobre inspección de trabajo y fichaje 2026 cubre el procedimiento sancionador con detalle verificable.
Implementación con empleados sin smartphone de empresa
El reto operativo número uno en empresas de limpieza no es elegir el software correcto; es conseguir que todos los empleados fichen correctamente, incluyendo los que no tienen smartphone propio o no manejan apps. Hay tres soluciones viables.
Opción 1: tablet o smartphone compartido por centro (modo kiosko)
Se instala un dispositivo fijo —una tablet Android básica, entre 80 y 120 euros— en el cuarto de limpieza de cada edificio o en la zona de entrada del servicio. El dispositivo permanece en modo kiosko: muestra una pantalla de identificación donde el empleado introduce su código PIN de cuatro dígitos al llegar y al salir.
Ventajas:
- No requiere que el empleado tenga dispositivo propio ni habilidades digitales
- Coste bajo (hardware) y sin necesidad de plan de datos si hay WiFi en el edificio
- Cualquier empleado lo usa desde el primer día con un PIN
Consideración práctica: exige coordinación con el cliente (el propietario del edificio o el administrador de fincas) para mantener el dispositivo con acceso a corriente y conexión. En comunidades de propietarios, el cuarto del ascensor o la zona de contadores suele tener acceso a ambos.
Opción 2: tarjeta NFC por empleado
Cada empleado tiene una tarjeta con chip NFC. En cada centro hay un lector NFC conectado a la red. El empleado acerca la tarjeta al lector al llegar y al salir.
Ventajas:
- Operación sin ninguna interacción tecnológica por parte del empleado: simplemente acercar la tarjeta
- Alta fiabilidad y velocidad de fichaje
- Tarjeta de repuesto disponible si se pierde
Coste estimado: 15-30 euros por lector más 2-5 euros por tarjeta. Mayor inversión inicial que el QR, pero requiere cero formación para el empleado.
Opción 3: encargado de zona que valida en tiempo real
Cuando un coordinador de zona supervisa varios centros y visita cada uno en su ronda diaria, puede registrar las entradas y salidas de los empleados desde su propio dispositivo en el momento de la visita.
Advertencia importante: este modelo es válido solo si el sistema registra quién realizó el fichaje y cuándo, con trazabilidad de auditoría. Un sistema que permita que el encargado registre retroactivamente toda la jornada de varios empleados sin rastro de modificación es cuestionable ante la Inspección y puede derivar en el mismo problema que el registro manual en papel: datos que no reflejan la realidad verificable.
Caso práctico: empresa de 35 empleados, 22 centros
Punto de partida
Empresa: PYME de limpieza con 35 empleados (32 a tiempo parcial, 3 a jornada completa). Centros activos: 22 (12 comunidades de propietarios, 6 oficinas, 3 clínicas, 1 hotel). Situación inicial: registros en papel, el coordinador consolidaba manualmente los viernes. Sin diferenciación de horas complementarias en el registro. Alta rotación (8-10 altas/bajas por año).
Problemas identificados
- Los registros no reflejaban los tiempos por centro: solo había un fichaje de inicio y fin del día. Imposible acreditar si el empleado cumplió el tiempo contratado en cada edificio.
- Las horas complementarias aparecían en nómina pero no en el registro de jornada, dejando la empresa expuesta a acta por registro incompleto.
- Tres empleados no tenían smartphone. Cuatro más tenían smartphone pero sin plan de datos.
- Los registros en papel de los dos años anteriores estaban en una caja sin organizar en la oficina. Ante un requerimiento de doce meses, la empresa habría necesitado semanas para recopilar la documentación.
Solución implementada en cuatro semanas
Semana 1-2: Se generaron QR únicos para los 22 centros en el panel de administración. Se imprimieron en plástico y se instalaron en cada edificio con cinta de doble cara.
Semana 3: Para los tres empleados sin smartphone, se adquirieron dos tablets Android básicas en modo kiosko compartido —una para el bloque de comunidades, otra para clínicas y hotel—. Los empleados con smartphone sin datos activaron el WiFi disponible en cada edificio.
Semana 4: Se configuró el registro diferenciado de horas complementarias. Cada empleada con contrato parcial vio en su app el saldo de complementarias disponible para el mes en curso.
Resultado a los tres meses
| Métrica | Antes | Después |
|---|---|---|
| Tiempo de consolidación semanal (coordinador) | 4 horas | 30 minutos |
| Registros con tiempo desglosado por centro | 0 % | 100 % |
| Horas complementarias diferenciadas en registro | 0 % | 100 % |
| Capacidad de responder requerimiento ITSS en 24 h | No | Sí (exportación directa desde el panel) |
| Alertas automáticas por descanso insuficiente entre jornadas | No | Sí |
El coste del sistema fue de 59 euros al mes (plan para 35 empleados) más 160 euros en hardware inicial. El ahorro en tiempo del coordinador —estimado en tres horas semanales a coste salarial bruto de 14 euros/hora— amortizó la inversión en el primer mes.
Preguntas frecuentes
¿Una empresa de limpieza con tres empleados está obligada al registro de jornada?
Sí. El artículo 34.9 ET no establece ningún umbral de empleados. Una empresa con un solo trabajador tiene las mismas obligaciones de registro que una con 500. El único colectivo excluido son los trabajadores autónomos sin empleados a cargo. Una sociedad unipersonal con tres empleados de limpieza está sujeta a la misma norma que una gran empresa de facility management.
¿El registro debe indicar en qué edificio trabajó el empleado cada día?
La norma exige el registro del “horario concreto de inicio y fin de la jornada”. Para trabajadores multi-centro, el inicio y fin en cada edificio es la única forma de cumplir ese mandato con datos verificables. Un registro que solo muestra “08:00 - 14:00” sin detallar los centros no es rechazado automáticamente por la norma escrita, pero ante una actuación inspectora, el inspector puede cuestionar si refleja la realidad y pedir documentación adicional. Si la empresa no la tiene, el registro sin desglose por centro se convierte en evidencia insuficiente.
¿Las horas complementarias deben aparecer diferenciadas en el registro?
Sí, de forma expresa. El artículo 34.9 ET lo exige para trabajadores a tiempo parcial. No basta con reflejarlas en la nómina mensual. El registro de jornada debe mostrar qué horas fueron ordinarias y cuáles complementarias para que pueda verificarse que no se superaron los límites del 30 % o del 60 % según el pacto aplicable. La ausencia de esta diferenciación es una infracción autónoma del artículo 7.5 LISOS, acumulable a otras en el mismo expediente.
¿Cuál es la sanción más frecuente para empresas de limpieza sin registro?
La tipificación más habitual es infracción grave (artículo 7.5 LISOS). Con plantillas de entre 10 y 50 empleados —el rango habitual en PYMEs de limpieza—, el grado aplicado suele ser medio o máximo de infracción grave, con cuantías entre 1.251 y 6.250 euros. Si hay reincidencia o ausencia de registro de complementarias en contratos parciales, el expediente puede contener dos actas independientes, lo que duplica el importe. El coste total de un expediente —multa, asesoría y tiempo de gestión— oscila habitualmente entre 3.000 y 8.000 euros para una empresa mediana del sector.
¿Qué pasa si un empleado debe fichar en un edificio donde aún no hay QR instalado?
Hay dos soluciones inmediatas. Primera: activar el fichaje por geolocalización directa para ese centro desde el panel de administración, sin QR físico. El sistema valida que el dispositivo está dentro del radio configurado. Segunda: usar el modo kiosko del dispositivo del encargado de zona, que puede registrar las entradas y salidas de los empleados de su ruta con identificación por PIN individual. En ambos casos el registro es válido a efectos legales.
¿Los desplazamientos entre centros siempre se pagan?
No de forma automática. Si el empleado sale desde la sede de la empresa hacia su primer edificio, ese trayecto es tiempo de trabajo. Si va directamente desde su domicilio al primer centro y regresa desde el último a su domicilio, no lo es. El caso intermedio —desplazamiento entre edificios durante la jornada— computa como tiempo de trabajo cuando la empresa lo ordena expresamente o cuando el empleado usa transporte proporcionado por la empresa. La política de la empresa sobre desplazamientos debe estar documentada en el contrato o en el convenio de empresa, y el registro de jornada debe ser coherente con ella.
¿Con qué frecuencia actúa la Inspección en empresas de limpieza?
Los servicios auxiliares concentran el 10 % de las actuaciones inspectoras por registro de jornada según los datos ITSS 2024. El Plan de Actuación ITSS 2025-2026 identifica expresamente los servicios auxiliares como sector prioritario. Una empresa de limpieza con una denuncia activa de un empleado tiene una probabilidad de actuación inspectora estimada entre el 60 y el 85 %, según los datos del Plan.
¿Puedo exigir al empleado que use su smartphone personal para fichar?
La empresa puede requerir el uso del smartphone personal para el fichaje si así consta en el contrato o en el convenio de empresa, y siempre que informe al empleado del tratamiento de datos (RGPD). Sin embargo, si el empleado no tiene smartphone o este no es compatible, la empresa debe proporcionar una alternativa de fichaje. No tener el instrumento adecuado no exime al empleador de la obligación de registro: es responsabilidad de la empresa garantizar que el sistema funciona para toda su plantilla.
Conclusión
El control horario en empresas de limpieza no es un trámite adicional: es el registro documental que acredita el cumplimiento simultáneo de cuatro obligaciones distintas —la jornada pactada en cada centro, los límites del convenio sectorial, los topes de horas complementarias de los contratos parciales y los descansos mínimos entre jornadas—. Sin ese registro, cualquier denuncia de un empleado o cualquier actuación inspectora programada convierte la empresa en un expediente de manual.
Los datos son claros: los servicios auxiliares concentran el 10 % de las actuaciones ITSS por registro horario, con cuantía media de 2.600 euros por expediente. Para una empresa con 35 empleados sin sistema digital, el coste de un expediente real —multa en grado medio, asesoría, tiempo de gestión— oscila entre 4.000 y 8.000 euros. El coste de un sistema que cubre multi-centro, horas complementarias diferenciadas y alertas automáticas es de 59 euros al mes.
La relación no admite ambigüedad.
Crea tu cuenta en Workrono — QR multi-centro, gestión diferenciada de horas complementarias y exportación para auditorías, incluido desde el primer día.
Fuentes consultadas
- Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo (BOE) — obligación general de registro de jornada, artículo 34.9 ET.
- Convenio Colectivo Estatal del Sector de Limpieza de Edificios y Locales (BOE) — jornada máxima anual, descansos, horas complementarias y pluses sectoriales.
- Plan de Actuación ITSS 2025-2026 (mites.gob.es) — sectores prioritarios de actuación inspectora y datos de actuaciones por registro de jornada.
- ASPEL — Asociación Profesional de Empresas de Limpieza — representación sectorial y guías de aplicación del convenio.
- Centro de Documentación Judicial (CENDOJ) — resoluciones judiciales en materia de sanciones laborales por registro de jornada.
Artículos relacionados
- Ley de control horario en España 2025: qué obliga el RDL 8/2019
- Real Decreto-ley 8/2019: análisis artículo por artículo
- Sanciones por no fichar 2026: tabla completa LISOS
- Fichaje con geolocalización: guía completa para empresas
- Convenios colectivos y control horario: guía por sector
- Inspección de Trabajo y fichaje 2026: guía completa del proceso
- Control horario en construcción: guía para multi-obra y subcontratas
- Mejores apps de fichaje 2026: comparativa verificada
¿Listo para cumplir la ley sin complicaciones?
Workrono gestiona el fichaje por QR para tu equipo. Pruébalo gratis 14 días.
Solicitar demo gratuita